Urbanismo y vivienda

Trámites y requisitos más sencillos para instalar placas fotovoltaicas

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte facilita a los vecinos la instalación de placas fotovoltaicas, agilizando la tramitación y aumentando la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

 

Esta medida tiene como objetivo priorizar la eficiencia energética con la instalación de energías renovables tal y como marca la Guía de orientación a los municipios para el fomento del autoconsumo, del Instituto para Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica.

Las novedades que ha incuido el Ayuntamiento son:

En la tramitación

  • La documentación para obtener la autorización de la Concejalía de Urbanismo se presentará solo al inicio del expediente.
  • Se elimina la fianza por gestión de residuos en instalaciones de menos de 10 Kw al considerar que los que generan son de tipo doméstico, comprometiéndose el interesado en la Declaración Responsable a su depósito en los contenedores o puntos limpios municipales habilitados para ello.
  • Una vez informado el expediente y al término de la obra, se presentará el certificado que garantice que la instalación ha sido realizada por un instalador autorizado por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid o certificado de instalación eléctrica emitido por empresa instaladora habilitada al efecto. Esto servirá para tramitar la bonificación en el IBI, que pasa del40 % al 45 % durante tres años.

En su colocación en edificios o parcelas

  • Se prima la eficiencia energética y se determinan las condiciones preferentes desde un punto de vista arquitectónico, de tal forma que se facilite la instalación, sin limitar el espacio de ocupación ni el número máximo de placas a instalar.
  • Los paneles deberán instalarse, preferiblemente, en hileras, con alturas de un solo panel.  Se recomienda una distribución armónica de los módulos en todo el tejado. Solo en caso de necesitar mayor ocupación de la que se dispone, se permitirá superponer las hileras a favor de asegurar el rendimiento de la instalación.
  • Se permite su colocación en pérgolas y elementos auxiliares sin que se considere un mayor aumento de ocupación ni edificabilidad.
  • Se recuerda que las placas fotovoltaicas también se pueden colocar en fachadas y en espacios libres de las parcelas.